
¿Quiénes somos?
La Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio Exterior, nace de la inquietud del Gobierno del Estado por crear una Hacienda Pública Estatal que incluyera la captación de impuestos en materia de Comercio Exterior, combatiendo la introduccón ilegal de vehículos y mercancía extranjera; favoreciendo la competencia leal.
El día 14 de Junio de 2004, en el Boletín Oficial del Estado de Sonora, se publicó el Reglamento
Interior de la Secretaría de Hacienda, en el cual quedó establecido, en su artículo Tercero, que dicha
dependencia contará para la atención, estudio, planeación y resolución de los asuntos de su
competencia, entre otras unidades administrativas y órganos desconcentrados, con la Coordinación
Ejecutiva de Verificación al Comercio Exterior.(B.O. 10, sección II, 4 de agosto 2008).

¿Qué hacemos?
La Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio Exterior alcanza sus objetivos aplicando la ley de forma efectiva y expedita, emprendiendo acciones de verificación de vehículos y mercancías en transporte, practica de visitas domiciliarias, así como la gestión del tramite de importación de mercancía exenta de impuestos donada del exterior; entre otras.
Misión
Administrar responsable y transparentemente los recursos financieros que requiere el Poder Ejecutivo Estatal, para generar más y mejores oportunidades de desarrollo para la sociedad sonorense, actuando con estricto apego a las leyes, reglamentos y otras disposiciones que éstas expresamente le confieren.
Visión
Garantizar el equilibrio financiero, así como el manejo ético y responsable de los recursos públicos, para brindar un servicio integral y eficiente a la ciudadania en la administración de las finanzas públicas.
Objetivo
Mantener y fortalecer la coordinación del Gobierno con el sector productivo y comercial, aplicando una serie de acciones administrativas, más eficientes y transparentes, con el fin de mejorar la efectividad en la fiscalización y reducir la evasión y contrabando de bienes, aumentando las oportunidades de nuestros ciudadanos, para que sus ideas se conviertan en empresas y éstas contribuyan al desarrollo social y económico de nuestro estado de Sonora a través de un Gobierno eficiente, innovador, transparente y con sensibilidad social.
Funciones y Atribuciones
La Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio Exterior, tendrá las siguientes atribuciones:
II.- Proponer al Secretario los sistemas, programas operativos y procedimientos para la práctica de visitas domiciliarias, auditorias, verificaciones de origen y de verificaciones de mercancías en centros de almacenamiento, distribución o comercialización, tianguis, mercados sobre ruedas, puestos fijos y semifijos en la vía pública, inclusive en transporte y de vehículos, de procedencia extranjera, así como de revisiones de escritorio, de acuerdo a la normatividad, lineamientos, políticas y criterios establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
III.- Ordenar y practicar visitas domiciliarias, auditorías, verificaciones de origen que establezcan las disposiciones fiscales y aduaneras en el ámbito de su competencia, para verificar el correcto cumplimiento de tales disposiciones por los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados en materia de contribuciones y sus accesorios, derechos de carácter federal o estatal, regulaciones y restricciones no arancelarias, inclusive normas oficiales mexicanas, y cuotas compensatorias;
IV.- Ordenar y practicar visitas domiciliarias, auditorías, verificaciones de origen y de verificaciones de mercancías de procedencia extranjera en el ámbito de su competencia, en centros de almacenamiento, distribución o comercialización, tianguis, mercados sobre ruedas, puestos fijos y semifijos en la vía pública, inclusive en transporte, a fin de comprobar su legal importación, almacenaje, estancia o tenencia, transporte o manejo en territorio nacional, así como de revisiones de escritorio, de conformidad con la legislación fiscal y aduanera aplicables y, en su caso, el embargo precautorio de los mismos;
V.- Ordenar y practicar visitas domiciliarias, auditorías, verificaciones de origen y de verificaciones de vehículos de origen y procedencia extranjera en el ámbito de su competencia, en centros de almacenamiento, distribución o comercialización, tianguis o lotes donde se realice la exhibición de los mismos para su venta, a fin de comprobar su legal importación, almacenaje, estancia o tenencia, transporte o manejo en territorio Nacional así como de revisiones de escritorio, de conformidad con la legislación fiscal y aduanera aplicables, y en su caso, el embargo precautorio de los mismos;
VI.- Ordenar y practicar la verificación de vehículos de procedencia extranjera en circulación en el ámbito de su competencia, aún y cuando no se encuentren en movimiento, inclusive en las zonas de inspección permanente a fin de comprobar su legal importación, almacenaje, estancia o tenencia, transporte o manejo en territorio nacional, de conformidad con la legislación fiscal y aduanera aplicables, y en su caso, el embargo precautorio de los mismos;
VII.- Iniciar el procedimiento administrativo en materia aduanera o el procedimiento establecido en el artículo 152 de la Ley Aduanera, y notificar dicho inicio al interesado, así como tramitar y resolver los citados procedimientos hasta su conclusión, de conformidad con los convenios de coordinación celebrados con la Federación, sus anexos y la legislación aplicable; VIII.Determinar,
Entre otras.