
¿Quiénes somos?
La Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio Exterior, nace de las facilidades otorgadas por el Gobierno Federal a través del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal y su Anexo 8, así como de la inquietud del Gobierno del Estado por crear una Hacienda Pública Estatal que incluyera el ámbito del Comercio Exterior con el cual pudiera otorgar facilidades a la Entidad tal y como lo realiza a través del Decreto Solo Sonora "Only Sonora" y a su vez colaborar con el País a través del combate a la introducción ilegal de vehículos y mercancías extranjeras, favoreciendo con ello una mayor competencia leal y justa ante productores nacionales, así como con importadores y exportadores.

¿Qué hacemos?
La Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio Exterior como parte de sus funciones y con apoyo de personal profesional, con principios, valores y conocimientos en la materia, atiende su principal objetivo el cual es prevenir la introducción ilegal de mercancías de procedencia extranjera a la entidad, realiza acciones de verificación de vehículos y mercancías en transporte, practica de visitas domiciliarias, gestión del tramite de importación, validación de documentos fiscales y aduaneros, logrando con ello proteger a la industria nacional dentro del marco legal aplicable.
Misión
Administrar responsable y transparentemente los recursos financieros que requiere el Poder Ejecutivo Estatal, para generar más y mejores oportunidades de desarrollo para la sociedad sonorense, actuando con estricto apego a las leyes, reglamentos y otras disposiciones que éstas expresamente le confieren.
Visión
Garantizar el equilibrio financiero, así como el manejo ético y responsable de los recursos públicos, para brindar un servicio integral y eficiente a la ciudadania en la administración de las finanzas públicas.
Objetivo
Mantener y fortalecer la coordinación del Gobierno con el sector productivo y comercial, aplicando una serie de acciones administrativas, más eficientes y transparentes, con el fin de mejorar la efectividad en la fiscalización y reducir la evasión y contrabando de bienes, aumentando las oportunidades de nuestros ciudadanos, para que sus ideas se conviertan en empresas y éstas contribuyan al desarrollo social y económico de nuestro estado de Sonora a través de un Gobierno eficiente, innovador, transparente y con sensibilidad social.
Funciones y Atribuciones
La Coordinación Ejecutiva de Verificación al Comercio Exterior, tendrá las siguientes atribuciones:
II.- Proponer al Secretario los sistemas, programas operativos y procedimientos para la práctica de visitas domiciliarias, auditorias, verificaciones de origen y de verificaciones de mercancías en centros de almacenamiento, distribución o comercialización, tianguis, mercados sobre ruedas, puestos fijos y semifijos en la vía pública, inclusive en transporte y de vehículos, de procedencia extranjera, así como de revisiones de escritorio, de acuerdo a la normatividad, lineamientos, políticas y criterios establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
III.- Ordenar y practicar visitas domiciliarias, auditorías, verificaciones de origen que establezcan las disposiciones fiscales y aduaneras en el ámbito de su competencia, para verificar el correcto cumplimiento de tales disposiciones por los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados en materia de contribuciones y sus accesorios, derechos de carácter federal o estatal, regulaciones y restricciones no arancelarias, inclusive normas oficiales mexicanas, y cuotas compensatorias;
IV.- Ordenar y practicar visitas domiciliarias, auditorías, verificaciones de origen y de verificaciones de mercancías de procedencia extranjera en el ámbito de su competencia, en centros de almacenamiento, distribución o comercialización, tianguis, mercados sobre ruedas, puestos fijos y semifijos en la vía pública, inclusive en transporte, a fin de comprobar su legal importación, almacenaje, estancia o tenencia, transporte o manejo en territorio nacional, así como de revisiones de escritorio, de conformidad con la legislación fiscal y aduanera aplicables y, en su caso, el embargo precautorio de los mismos;
V.- Ordenar y practicar visitas domiciliarias, auditorías, verificaciones de origen y de verificaciones de vehículos de origen y procedencia extranjera en el ámbito de su competencia, en centros de almacenamiento, distribución o comercialización, tianguis o lotes donde se realice la exhibición de los mismos para su venta, a fin de comprobar su legal importación, almacenaje, estancia o tenencia, transporte o manejo en territorio Nacional así como de revisiones de escritorio, de conformidad con la legislación fiscal y aduanera aplicables, y en su caso, el embargo precautorio de los mismos;
VI.- Ordenar y practicar la verificación de vehículos de procedencia extranjera en circulación en el ámbito de su competencia, aún y cuando no se encuentren en movimiento, inclusive en las zonas de inspección permanente a fin de comprobar su legal importación, almacenaje, estancia o tenencia, transporte o manejo en territorio nacional, de conformidad con la legislación fiscal y aduanera aplicables, y en su caso, el embargo precautorio de los mismos;
VII.- Iniciar el procedimiento administrativo en materia aduanera o el procedimiento establecido en el artículo 152 de la Ley Aduanera, y notificar dicho inicio al interesado, así como tramitar y resolver los citados procedimientos hasta su conclusión, de conformidad con los convenios de coordinación celebrados con la Federación, sus anexos y la legislación aplicable; VIII.Determinar,
Entre otras.